martes. 19.03.2024

Las zonas de mar situadas fuera de la jurisdicción nacional (es decir, alta mar y los fondos marinos y oceánicos fuera de los límites de la jurisdicción nacional) representan el 64 % de la superficie de los océanos y casi la mitad del planeta.

Estas áreas tienen una gran importancia a escala planetaria. Nos dotan de recursos y servicios esenciales para nuestro día a día, como los alimentarios mediante la pesca o los de transporte de mercancías mediante la navegación.

Asimismo, estas zonas aportan parte del oxígeno necesario para la vida y son indispensables para la regulación del clima. Además, presentan innegables oportunidades para el desarrollo de nuevas actividades, como la obtención de energía renovable marina, conducentes a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Proteger su biodiversidad

A pesar de su importancia, estas extensiones de mar no son objeto del cuidado y protección que sería deseable. De hecho, el desarrollo exponencial de actividades en el mar, así como su consecuente mayor uso y las presiones ejercidas sobre el mismo están poniendo en riesgo los ecosistemas marinos. Hipotecan de este modo el futuro de los océanos.

Existe un marco regulatorio internacional de protección de la biodiversidad en las zonas de mar situadas fuera de la jurisdicción nacional, como el previsto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (conocida como la “constitución de los océanos”). No cabe duda, sin embargo, que este es a todas luces insuficiente y que debe ser reforzado para garantizar su adecuada conservación y protección.

Precisamente para corregir esta situación, del 16 al 27 de agosto de 2021 estaba previsto que se reanudaran en Nueva York unas negociaciones clave para alcanzar un esperado acuerdo sobre la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional. No obstante, debido a la emergencia sanitaria mundial asociada a la covid-19 se han tenido que aplazar nuevamente las reuniones hasta la primera fecha disponible en 2022.

El esperado acuerdo, que se enmarca en Naciones Unidas, tiene como objeto reforzar el marco de protección y conservación de la biodiversidad en estos espacios. Se caracterizan principalmente, desde el punto de vista legal, por no estar sometidos a la jurisdicción de los Estados y a su regulación mediante el derecho internacional. El resultado final no solo será de especial importancia para la biodiversidad de los océanos, sino que también afectará a la regulación de las actividades que se desarrollan en ellos y al futuro del planeta.

En la búsqueda de una solución

No se trata de una cuestión nueva. Desde hace tiempo se está buscando una solución a esta problemática. De hecho, tras años de preparaciones y deliberaciones, la ONU adoptó en 2015 una resolución para desarrollar un instrumento jurídicamente vinculante en el marco de la ya citada “constitución de los océanos” relativo a la conservación y el uso sostenible de sus recursos.

A finales de 2017, la Asamblea General de las Naciones Unidas programó cuatro sesiones formales de negociaciones. Se han desarrollado tres hasta el momento: la primera en septiembre de 2018, la segunda en marzo y abril de 2019 y la tercera en agosto del 2019. La cuarta sesión estaba inicialmente prevista en los meses de marzo y abril de 2020 pero se debió aplazar por motivos de seguridad por la covid-19. Lo mismo ocurrió con la reunión que se preveía celebrar en agosto de 2021.

Una vez que pueda fijarse nueva fecha para la celebración de este cuarto período de negociaciones, los Estados y otros sujetos y actores que participan en las negociaciones tendrán la oportunidad de retomarlas y aprobar el texto final de este esperado instrumento.

Claves de las negociaciones

No son pocos los desafíos a los que hay que dar respuesta. Las negociaciones giran principalmente en torno a cuestiones esenciales para la protección de la biodiversidad de los mares y océanos:

  • los recursos genéticos marinos, incluidas cuestiones relativas a la distribución de los beneficios;

  • los mecanismos de gestión basados en zonas geográficas, incluidas las áreas marinas protegidas;

  • las evaluaciones del impacto ambiental;

  • la creación de capacidad de desarrollo y transferencia de tecnología marina.

A estas cuestiones también se suman otras de carácter transversal y general como el arreglo pacífico de controversias o los posibles principios por los que se deberá regir el futuro acuerdo.

El borrador actual delimita claramente que su objetivo es “asegurar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional”. El texto incluye obligaciones jurídicas internacionales que tienen por objeto la protección y regulación de intereses globales que deben ser regulados por el derecho internacional.

Sin embargo, la efectividad del acuerdo, una vez aprobado y adoptado, vendrá altamente influenciada por la naturaleza de las obligaciones que se adopten (sustantivas y procedimentales), su precisión o incluso los medios que aseguren su adecuado cumplimiento. De ahí también la importancia de estas negociaciones para conseguir una solución que persiga de forma efectiva el objeto que inicialmente se propone.

Las conversaciones se han aplazado nuevamente y este tiempo entre sesiones debe ser utilizado para ir acercando posiciones entre las partes negociadoras e ir depurando el lenguaje del texto del borrador del esperado tratado.

Sin duda, estas negociaciones constituirán un punto de inflexión en el futuro de generaciones venideras. Su objetivo último es alcanzar un compromiso internacional para proteger una de las mayores fuentes de riqueza de nuestro planeta, la biodiversidad marina.The Conversation

Víctor Luis Gutiérrez Castillo, Profesor titular de universidad de área de Derecho internacional, Universidad de Jaén y Carlos Soria Rodríguez, Investigador postdoctoral Marie Skłodowska-Curie en el Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, Universidad de Jaén. Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation.


 

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