La salida del gobierno del Partido Popular trajo una legislación más sensata del autoconsumo con novedades tan interesantes como el autoconsumo comunitario. Se abre la vía a una revolución en nuestros tejados, aunque se podría hacer más para acelerar esta transición que ya ha empezado y que no tendrá vuelta atrás.
Pero hagamos un poco de historia. El autoabastecimiento de energía se venía produciendo desde hacía tiempo, mediante generadores de respaldo, placas fotoeléctricas, pequeños aerogeneradores y tanto pequeños saltos de agua, en zonas aisladas y desconectadas de la red eléctrica. Podríamos considerar hasta el aprovechamiento del calor del Sol mediante captadores solares térmicos como el autoabastecimiento tradicional de biomasa para chimeneas o cocinas.
El revuelo de los últimos años viene derivado de la bajada de precios, fundamentalmente de los paneles fotovoltaicos, lo que podría llevar a una masificación de su uso:un temible adversario del oligopolio eléctrico. La tecnología ha bajado tanto de precio que desde hace años es más barato producir la electricidad por nuestros propios medios, a partir de renovables, que comprarla de la red.
Ante esta realidad, las empresas del oligopolio eléctrico han jugado fuerte, presionando a ministros y en medios de comunicación, con un discurso basado en el miedo a las energías renovables, acusándolas de caras, inseguras, imposibles de gestionar y hasta de insolidarias. En el año 2011 ya se había regulado el autoconsumo [1] y existía un borrador de Real Decreto para el balance neto que debía ver la luz en 2012.
Durante siete largos años hemos asistido a una campaña de miedo y desprestigio a las energías renovables, el impuesto al Sol y numerosas trabas burocráticas y absurdas. Todo ello destinado a bloquear el desarrollo de un sector incipiente. En 2015 aparecía un Real Decreto temido que materializaba el sinsentido del Impuesto al Sol 2. Aunque nunca llegó a materializarse y estaban exentas las instalaciones de menos de diez kilovatio el daño estaba hecho: la sociedad tenía miedo, pensaba que las renovables estaban prohibidas, que era ilegal ponerse paneles en el tejado.
La tecnología ha bajado tanto de precio que es más barato producir la electricidad por nuestros propios medios, a partir de renovables, que comprarla
Antes, en el año 2013, hubo otro hecho que supuso y supone un desincentivo para el autoconsumo y para el ahorro de energía: La subida del término de potencia, que prácticamente se duplicó, junto con una bajada del término de energía (lo que se paga por cada kilovatio-hora que se consume, o lo que se ahorra si se deja de consumir de la red). Ahora, esta nueva regulación, favorece mucho el autoconsumo, pero no debemos perder de vista que no tiene por qué ser la regulación definitiva y que aún hay cosas que habría que cambiar en el sistema eléctrico para acelerar la transición hacia un sistema 100% renovable.
Novedades de la nueva legislación de autoconsumo
En octubre de 2018 se aprueba el Real Decreto-Ley 15/2018 con el objetivo de impulsar de forma decidida el autoconsumo renovable y la generación distribuida de electricidad. En él se establece claramente que la energía autoconsumida estará exenta de todo tipo de cargos y peajes, poniendo fin a ese absurdo impuesto al Sol que había establecido la Ley del Sector Eléctrico en 2014 y que se materializó en 2015 con el RD 900/2015.
También hablaba de la posibilidad de realizar autoconsumo colectivo, y de compensación de los excedentes. Faltaba regular los aspectos concretos sobre como llevar a cabo estas actividades, y es lo que ha venido a establecer en abril de este año el Real Decreto 244/2019. Repasemos los conceptos de mayor trascendencia:
1.- Concepto de autoconsumo y autoconsumo de proximidad
Se pasa de la concepción del autoconsumo como algo individual mediante una instalación de generación conectada en el interior de una única red de consumo (esto es, aguas abajo del contador eléctrico), a definir el autoconsumo como “el consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos”. Y entiende por instalaciones próximas:
Las conectadas a la red interior o unidas mediante líneas directas.
Las conectadas a cualquiera de las redes de baja tensión derivadas del mismo transformador. Las que están a menos de 500 metros de los consumos y conectados en baja tensión Las ubicadas, tanto consumo como generación, en la misma referencia catastral según los 14 primeros dígitos.
2.- Autoconsumo colectivo
Gracias a la concepción del autoconsumo en este sentido amplio en el que se puede aprovechar la energía de una instalación próxima al consumo se posibilita también que varios consumidores estén asociados a una o varias instalaciones de generación. Se abre así la puerta a que varias viviendas de un bloque de pisos puedan aprovechar su cubierta y repartirse la energía generada, pero también otros tipos de usuarios próximos como pueden ser naves de polígonos industriales, comercios o edificios públicos.
3.- Compensación de excedentes
Hasta ahora, la energía que no se consumía se vertía a la red y salvo en instalaciones grandes en que tenía sentido venderla al precio de mercado, se regalaba al sistema. La nueva normativa permite compensar los excedentes de energía que se vierten a la red, con los consumos de otros momentos en los que no hay generación suficiente. El ejemplo típico son las viviendas que durante el día se quedan vacías y por lo tanto se estaría generando electricidad fotovoltaica para un consumo mínimo (nevera y algún que otro aparato de consumos permanentes), mientras que es por la noche cuando se realiza un consumo importante.
La compensación de excedentes se realiza de forma mensual, y la pueden realizar las instalaciones de menos de 100 kilovatio . Se realiza contabilizando hora a hora la energía consumida o vertida y multiplicándola por el precio o el coste horario de cada momento.
Un nuevo marco
Con estas novedades, información e impulso por parte de empresas y administraciones, a buen seguro comenzaremos a ver cada vez más paneles fotovoltaicos en nuestras cubiertas. Será un primer paso para avanzar hacia un modelo 100 % renovable en manos de las personas y las comunidades. Los siguientes pasos tendrán probablemente que ver con decisiones de mayor calado y una profunda reforma del sistema eléctrico.
Notas
- [1] Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
- [2] Peaje de respaldo, según el Real Decreto 900/2015
Artículo escrito por Rodrigo Irurzum. Área de Energía de Ecologistas en Acción. Revista Ecologista nº 100. Originalmente publicado en el portal de Ecologistas en Acción protegido por una licencia CC BY 2.5 ES.
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